LA DUPLA DE LOS
TÉCNICOS AL ESCENARIO INTERNACIONAL.
México ha sido señalado históricamente
como un país que hace como que lucha en contra del comercio informal
representado por dos esquemas delincuenciales como son la piratería y la
falsificación. Incluso gran parte de los tratados internacionales comerciales
que suscribe México en sus capítulos respectivos a la Propiedad Intelectual
destacan el compromiso de las partes para combatir a la piratería y a la
falsificación.
De conformidad con el documento
denominado “LA PERSISTENCIA DE LA PIRATERÍA Y SUS CONSECUENCIAS PARA LA
CREATIVIDAD, LA CULTURA Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE” del Comité
Intergubernamental de Derechos de Autor de la OCDE nos dice que la Organización
Mundial de Aduanas, calcula que el 5% del comercio mundial tiene por objeto
bienes pirateados. Por su parte, la Comisión Europea, recientemente calculó que
entre un 5% y un 7% del comercio mundial depende de la piratería. De acuerdo
con el documento, la piratería genera 300.000 millones de euros de pérdidas del
comercio formal. La OCDE calcula más del 5% las pérdidas sufridas por el
comercio mundial y pone el foco en otro indicador de la gravedad de la
piratería y la falsificación, señalando el problema del aumento en los empleos
perdidos, estimando que ascienden a 120.000 de empleos formales perdidos al año
en los Estados Unidos de América y a más de 100.000 en la Unión Europea hasta
antes del 2010. Aquí el porcentaje es mucho mayor.
En México, la piratería se ubica en el
capítulo Vigésimo Sexto del Código Penal Federal denominado “DELITOS EN
MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR”, principalmente en tres artículos:
“Artículo 424.- Se impondrá prisión de seis meses a seis
años y de trescientos a tres mil días multa: (…)
III. A quien use
en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente obras
protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor…
Artículo 424 bis.- Se impondrá prisión de tres a diez
años y de dos mil a veinte mil días multa:
I. A quien
produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya,
venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos
por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de
especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada
Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.
Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o
provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la
producción o reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se
refiere el párrafo anterior…
Artículo 424 ter.- Se impondrá prisión de seis meses a
seis años y de cinco mil a treinta mil días multa, a quien venda a cualquier
consumidor final en vías o en lugares públicos, en forma dolosa, con fines de
especulación comercial, copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, a
que se refiere la fracción I del artículo anterior.
Si la venta se realiza en establecimientos comerciales, o
de manera organizada o permanente, se estará a lo dispuesto en el artículo 424
Bis de este Código.”
Asimismo, la falsificación es un
delito que se encuentra ubicado en la Ley Federal para la Protección de la
Propiedad Industrial, de la siguiente manera:
“Artículo 402.- Son delitos:
I.- Falsificar una marca con fines de especulación
comercial.
Para efectos de esta Ley, se entenderá por falsificar, el
usar una marca idéntica o de forma tal que no pueda distinguirse en sus
aspectos esenciales a una previamente registrada o a una protegida por esta
Ley, sin autorización de su legítimo titular o de su licenciatario, para
representar falsamente a un producto o servicio como original o auténtico.
Para acreditar la falsificación bastará que la marca sea
usada en forma idéntica o de forma tal que no pueda distinguirse en sus
aspectos esenciales a como aparezca representada en el título de registro o, en
su caso, en la resolución que estime o declare su notoriedad o fama;
II.- Producir, almacenar, transportar, introducir al
país, distribuir o vender con fines de especulación comercial, objetos que
ostenten falsificaciones de marcas, así como aportar o proveer de cualquier
forma, a sabiendas, materias primas o insumos destinados a la producción de
objetos que ostenten dichas falsificaciones;”
De acuerdo con la maestra en derecho Karen
Lizbeth Ayala García en su obra “La piratería en México: problema social
y económico” diversas estadísticas realizadas en México, arrojan datos
de que el consumo excesivo de piratería y falsificaciones se realiza con la
conciencia de que se trata de un delito y que se fomenta la corrupción.
El IMPI en su “Estudio de la
precepción de la piratería en México 2024”, señala que esta actividad ilegal se encuentra
fuertemente arraigada en el consumidor promedio de México, a sabiendas que
afecta al productor o autor, que genera pérdida de empleos, de que fomenta el
crecimiento del crimen organizado a través de la producción o importación
ilícita de piratería y falsificación, lo que crea una cadena delictiva que no
solo daña a la economía, sino que sirve de generador de dinero en el mercado
negro para ser invertido en otro tipo de delitos y generar violencias que
llegan hasta la puerta de nuestras casas. Es decir, somos patrocinadores de
nuestra propia violencia a través del consumo de piratería y falsificaciones.
Debido a ello, las acciones
emprendidas por el IMPI hace unos días en el centro de la ciudad de México son
una gran muestra de que por lo menos en el arranque, el segundo piso de la
transformación busca combatir a la piratería y la falsificación de artículos
protegidos por el derecho de autor y la propiedad industrial, dando una notable
señal a los inversionistas extranjeros de que el combate a los delitos en la
materia, y sus derivados de lavado de dinero y contrabando, van en serio bajo
el mando de Marcelo Ebrard y Santiago Nieto.
Este tema sin duda deberá de
explorarse a fondo para llegar investigar a las aduanas mexicanas, ya que, por
lo pronto, las fuerzas armadas han resultado inútiles para detener el
contrabando de productos apócrifos, falsificados o piratería, lo que nos abre
la puerta a un esquema de corrupción en esas corporaciones, ya que, de otra
forma, no existe posibilidad alguna de que el IMPI hubiese asegurado tres pisos
de mercancía en la ciudad de México hace unos días.
Después de la desavenencia con
nuestros socios comerciales, México da nuevamente señales de retomar el camino
de la negociación y la legalidad, y qué mejor que de la dupla técnica Ebrard-Nieto,
quienes nuevamente toman el control de la situación desde uno de los perfiles
más delicados y sensibles de México, el comercio internacional y su fina linea
divisoria con la delincuencia organizada.
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