LAS BOLSAS FALSIFICADAS DEL SAE
Por: Hugo Alday Nieto
El SAE es un organismo público denominado Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico, dentro de cuyas funciones se encuentra la de subastar lotes de bienes asegurados en Aduanas.
El pasado 19 de septiembre de 2015, en Cancún, Quintana Roo el SAE subastó más de 4000 bolsas y carteras que ostentaban diversas marcas de prestigio como como #MICHAELKORS #GUCCI #COACH #TOUS #CAROLINAHERRERA, #HERMES #VERSACE, entre otras, mismas que fueron prácticamente abandonadas en la Aduana de Cancún, Quintana Roo luego de que los importadores dejaran abandonados los productos y los procedimientos administrativos aduanales correspondientes.
Lamentablemente para los funcionarios públicos de SAE y Aduanas, de conformidad con los procedimientos que deben seguirse en tratándose de la introducción al país de productos apócrifos o que ostentan marcas falsificadas, derivados de diversos acuerdos contra la Dirección General de Aduanas, IMPI y AMPPI, e incluso del acuerdo internacional ADPIC que establece la obligatoriedad de las medidas en frontera para proteger derechos de propiedad industrial, Aduanas debió dar aviso a los titulares de marcas que se presumían apócrifas o que se introducían ilegalmente en México, para que éstos incoaran las acciones administrativas de infracción y en su caso penales en contra de los ilegales importadores.
El IMPI a través de Ireli Aquique Pineda aclaró que el destino de esos productos debe ser el de su destrucción dado que no puede desincorporarse la marca falsificada o infringida del producto en sí, y para ello se debió seguir un procedimiento por parte de Aduanas de Cancún a fin de notificarle al IMPI, y a su vez, dar vista a la PGR para iniciar la acción penal por los delitos derivados de la introducción de productos apócrifos en México acorde a lo dispuesto por la fracciones II y III del artículo 223 de la Ley de la Propiedad Industrial, que dice:
"Artículo 223.- Son delitos:
II. Falsificar, en forma dolosa y con fin de especulación comercial, marcas protegidas por esta Ley;
III. Producir, almacenar, transportar, introducir al país, distribuir o vender, en forma dolosa y con fin
de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta
Ley, así como aportar o proveer de cualquier forma, a sabiendas, materias primas o insumos
destinados a la producción de objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta
Ley;..."
Sin lugar a dudas, la venta y/o subasta realizada por el SAE en Cancún, legalizó la introducción a México de productos falsificados al poner en el mercado más de 4000 bolsas que competirán ilegalmente con las marcas registradas, por lo que sin duda deberá existir responsabilidad administrativa para la autoridad responsable en el mejor de los casos.
PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL DE ESTE ARTÍCULO.
Comentarios
Publicar un comentario