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LOS BORRACHITOS Y LA PROPIEDAD INDUSTRIAL…

LOS BORRACHITOS Y LA PROPIEDAD INDUSTRIAL… Por: Hugo Alday Nieto El pasado mes de abril se iniciaron en Cancún, Quintana Roo, sendas movilizaciones de agentes federales, derivado de una indagatoria que fuera iniciada en la Delegación de la Procuraduría General de la República de esta ciudad, bajo el número 76/2015 a cargo del Agente del Ministerio Público titular de la mesa número VI por la supuesta falsificación de una marca registrada bajo el número 1355894 BORRACHITOS . Dicho expediente fue consignado ante el C. Juez Quinto de Distrito del Vigesimoséptimo Circuito, Miguel Nahim Nicolás Jiménez, con domicilio en Edificio sede del PJF Cancún, Av. Andrés Quintana Roo #245, torre "C", tercer piso, Sm.50, Mz.57, Lote 1, Benito Juárez, 77533, Quintana Roo, bajo el número de causa penal 9/2015 , con varios detenidos bajo el mismo delito. Cabe señalar q ue existe un procedimiento de anterioridad respecto de la solicitud de marca 1423784 CASA ADELITA GOU...

#LA LEY BELTRONES

#LA LEY BELTRONES Por: hugo alday Hace unas semanas, legisladores del PRI presentaron una iniciativa para reformar las Leyes de la Propiedad Industrial y Federal del Derecho de Autor con la que se busca implementar "medidas preventivas y definitivas que permitan detener o impedir, en el entorno digital, la comisión de infracciones a los derechos de propiedad intelectual" misma que será dictaminada por la Comisión de Cultura y Cinematografía , que al igual que su homóloga española de hace unos años #LEYSINDE , pretende sancionar la publicación en Internet de obras protegidas por derecho de autor y propiedad intelectual de obras artísticas, literarias y fonogramas sin la autorización explícita de los titulares de los derechos. En la propuesta, al igual que la mal recordada #LEYDÖRING se dota al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) de las facultades para realizar las investigaciones de presuntas infracciones administrativas; ordenar y practicar vi...

LOS DERECHOS DE AUTOR EN LA VÍA PÚBLICA

LOS DERECHOS DE AUTOR EN LA VÍA PÚBLICA Por: Hugo Alday Sin duda a través de diversos documentos legales internacionales de carácter vinculante, México protege los derechos derivados de la creación de obras artísticas, literarias y científicas que sean originales, prohibiendo toda reproducción de esos derechos sin autorización del autor o titular de las obras y mediante el pago de regalías; es decir, permite la transmisión o reproducción por diversos medios de forma temporal y onerosa. Pero a la vez, existen a la vez diversas excepciones a la regla anterior, en particular para aquellas obras que se exhiben de forma permanente en la vía pública, tales como: ·        Obras plásticas (esculturas); ·        Obras arquitectónicas (Edificios); ·        Obras de arte aplicado (Puentes, Fuentes…); y ·        Obras artísticas plasmadas en vía públic...

LOS DERECHOS DE REMUNERACIÓN POR TRANSMISIÓN Y RETRANSMISIÓN EN LA TELEVISIÓN

LOS DERECHOS DE REMUNERACIÓN POR TRANSMISIÓN Y RETRANSMISIÓN EN LA TELEVISIÓN Por: HUGO ALDAY Hasta el día de hoy, la comunicación pública o puesta disposición de obras audiovisuales sin autorización por cualquier medio, son combatibles de forma clara en México a través de la figura de infracción en materia de comercio contenida en los artículos 231 de la Ley Federal de Derechos de Autor y 213 de la Ley de la Propiedad Industrial, pero no así para poder ejercer el cobro directo por la simple remuneración de regalías para titulares de derechos conexos (artistas, intérpretes y ejecutantes), léase actores, por aquella explotación de sus actuaciones con fines de lucro, como sucede en la hotelería. Por otra parte, existen diversas sociedades de gestión colectiva de música que se encargan de la recaudación de los derechos de simple remuneración, es decir, del cobro de regalías por la explotación de música en bares y restaurantes con fines de lucro. Sin embargo...

PIRATERÍA EL AMBITO MUSICAL

PIRATERÍA EL AMBITO MUSICAL Por. Hugo Alday Nieto La PIRATERÍA es la actividad que desarrollaban los piratas o corsarios, en su sentido original. Ya que un pirata era un delincuente que abordaba embarcaciones en altamar para quedarse con sus riquezas a favor de su corona, al cual se le otorgaban PATENTES DE CORSO , es decir, permiso exclusivo para robar el tesoro de otros a favor de su Rey. De este tema surgen dos términos importantes de la propiedad intelectual como son las patentes y la piratería. En la actualidad, la noción de piratería y lo que entendemos por pirata ha cambiado, ya que se considera que la piratería consiste en copiar un producto protegido por los Derechos de Autor, comercializando copias ilegales y obteniendo lucro indebido por el esfuerzo de otros. La más común es la piratería de obras intelectuales, como películas , discos de música , de videojuegos , etc. La piratería en sí, es el acto de robar el trabajo de un artista, autor, intérprete...

LA IMPORTANCIA DE LA DECLARACIÓN DE NOTORIEDAD DE LAS MARCAS COMO MECANISMO ANTIPIRATERÍA

LA IMPORTANCIA DE LA DECLARACIÓN DE NOTORIEDAD DE LAS MARCAS COMO MECANISMO ANTIPIRATERÍA Por MD Hugo Alday Nieto La Ley de la PropiedadIndustrial contempla en su artículo 98 Bis la posibilidad de obtener el reconocimiento de marcas notorias o notoriamente conocidas, cuando un sector determinado del público o de los círculos comerciales del país, conoce la marca como consecuencia de las actividades comerciales desarrolladas en México o en el extranjero por una persona que emplea esa marca en relación con sus productos o servicios o bien, como consecuencia de la promoción o publicidad de la misma y una vez declarada así por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, dicha característica subsistirá hasta por un periodo de 5 años. Es muy importante hacer mención de que la propia Ley de la Propiedad Industrial contempla como impedimento de conformidad con el artículo 90 fracciones XV y XV Bis, el registro de todas aquellas denominaciones, figuras o formas tr...