PERIPECIAS CONSTITUCIONALES Saliéndonos un poco de las inconstitucionalidades locales que nos han llevado a ser el Congreso más corregido de la historia de Quintana Roo, hoy es importante que echemos un vistazo a la Suprema Corte y las peripecias que desde la interpretación constitucional habrán de hacer para sacar avante la designación de Lenia Batres. La tensión interpretativa entre los artículos 94 y 97 de la Constitución mexicana relativa a la elegibilidad del ministro presidente, nos ofrece un terreno fértil para examinar las principales formas de interpretación jurídica. No se trata solo de resolver un problema técnico, sino de justificar públicamente porqué una lectura de la Constitución debe prevalecer sobre otras y aquí, las teorías de la argumentación jurídica nos proporcionan herramientas para ello. A fin de ser más esquemático, comparto la antinomia en concreto: Artículo 94 Arículo 97 (…) La Suprema Corte de Justicia de la Naci...
LA EQUIDAD EN LA CONTIENDA: ¿UN ASUNTO CONSTITUCIONAL? En las últimas semanas, se han escrito diversos artículos, se han desarrollado cientos de memes, se han realizado una cantidad incontable de comentarios noticiosos y seudo políticos, respecto de la reforma a los artículos 35, 115, 116 y 124 de la Constitución General de la República a la que vulgarmente se le dio el nombre de Plan B. Comentaristas con escasa preparación jurídica como Viri Ríos o el Chapucero , han dado muestra de su analfabetismo constitucional de manera reiterada. Reitero aquí lo de vulgarmente, dado que pareciera que la idea que permea en los grupos dominantes que toman las decisiones en este país, es para tratar de hacernos creer que los ciudadanos somos idiotas o incapaces de entender el significado de diversos artículos y su contenido, todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aunado a ello, es un hecho notorio que el Partido del Trabajo se separó de dicho proyecto de ...