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#REPUVE® EL LITIGIO POR UNA MARCA

#REPUVE®

EL LITIGIO POR UNA MARCA


Hugo Alday Nieto

En el año 2000, el gobierno federal a través de la Secretaría de Gobernación, crearon el programa del Registro Nacional Vehicular, por sus siglas RENAVE, del cual su titular resultó ser un exmilitar argentino acusado de delitos de lesa humanidad en ese país, Ricardo Miguel Carvallo.

Una vez culminado ese fatídico episodio, la empresa mexicana SOCOM SA de CV, comenzó a hacer uso del término REPUVE utilizándolo en Tags interactivos para la vigilancia y control de robo de flotillas de autotransporte de carga principalmente.






Al obtener licencias de explotación en México respecto de la tecnología empleada en dichos tags, la empresa mexicana SOCOM SA de CV, incursionó con mayor fuerza en el mercado de la seguridad y comenzó a participar de diversas licitaciones en gobiernos locales y federal.

Es así que con fecha 07/08/2007 la empresa SOCOM, S.A. DE C.V. presenta la solicitud de marca REPUVE ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en clase 9 para amparar “PROGRAMAS DE CÓMPUTO, SOFTWARE, APARATOS DE TRANSMISIÓN DE ÓRDENES”.

Dicha marca se concede por parte del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,  el día 13/09/2007 correspondiéndole número de registro 1001732, vigente por un plazo de 10 años y renovable por los años subsecuentes, siempre que se acredite el uso fehaciente de la misma.

Con fecha 12/06/2009 la Secretaría de Gobernación, a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, presenta solicitud de declaración administrativa de nulidad ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en contra de SOCOM SA de CV, requiriendo sea declarada NULA la marca REPUVE 1001732, aduciendo que se trata de una marca que reproduce ilegalmente la contracción de palabras de un programa federal iniciándose el PC 897/2009 (N-254) 8092.



Con fecha 29/02/2012, es decir, tres años de litigio después,  el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, notifica la resolución PI/S/2012/005152  que niega la solicitud de declaración administrativa de nulidad promovida por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación, en contra de la marca REPUVE propiedad de SOCOM SA de CV.

Más aun, con fecha 4 de junio de 2012 el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación, promueve demanda de nulidad de la resolución del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a la que recayó el expediente 1048/12-EPI-01-2 argumentando que la empresa SOCOM SA de CV había obtenido la marca para aprovecharse del éxito del término REPUVE.



Sin embargo, dado que la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no admitiera a estudio documentales previamente desechadas en el juicio de origen, con fecha 28/05/2013 el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación, promueve recurso de reclamación en contra de tal negativa, recayendo finalmente la resolución que desecha dicho recurso y posteriormente la de sentencia definitiva al juicio 1048/12-EPI-01-2 en el que se declara firme la resolución del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y se mantiene vigente el registro de la marca REPUVE 1001732 propiedad de SOCOM, SA de CV.

Ante dicho escenario, la empresa SOCOM, SA de CV, se plantea las siguientes acciones:

a.     Solicitar el pago de regalías por la ilegal explotación del termino REPUVE  por parte del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación a sabiendas que era de un tercero desde 2007 a la fecha.

b.    Prohibir el uso al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación del término REPUVE.

c.     Iniciar acciones de nulidad en contra de las otras ilegales marcas solicitadas de forma dolosa por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación que contienen el término REPUVE.

d.    Requerir a todas las agencias de autor el cese del uso del término REPUVE.

e.     Requerir a todos los gobiernos de los Estados y municipios el cese del uso del término REPUVE.

Fuentes:

Expediente: PC 897/2009 (N-254) 8092
Expediente: 1048/12-EPI-01-2




DERECHOS RESERVADOS  2014

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